El 15,4% de las víctimas de violencia de género que fallecieron a manos de su pareja o expareja había realizado una denuncia previa contra su agresor, según un estudio sobre las sentencias dictadas en 2018 por el Tribunal del Jurado y las Audiencias Provinciales en casos de asesinato y homicidio en el ámbito de la pareja o expareja publicado este lunes por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El análisis se ha centrado en 46 sentencias de las que 38 se refieren a hechos ocurridos en el ámbito de la violencia de género (dos de ellas por el asesinato de 2 menores); 3, en el de la violencia doméstica íntima (cuando no se trata de la acción ejercida por un hombre sobre una mujer); y 5 se refieren a feminicidios en el sentido ampliado dado a este término por el Convenio de Estambul (asesinato/homicidio de mujeres fuera del ámbito de la pareja, por el hecho de ser mujer). Las resoluciones analizadas corresponden a juicios celebrados en 2016.

Según ha informado el CGPJ, del total de casos analizados, 39 se refirieron a homicidio/asesinato en el ámbito de la pareja (36 por violencia de género y 3 por violencia doméstica íntima). En 37 de esas sentencias (94,9%), la víctima era una mujer y en las dos restantes (5,1 %) era un hombre.

"Un dato que, señala el estudio, muestra el desproporcionado mayor riesgo de las mujeres a ser asesinadas por sus parejas o exparejas, aunque no significa que los hombres sean invulnerables a la violencia en el ámbito de la pareja ni que las mujeres sean incapaces de ejercerla", ha explicado. En cuanto a las personas enjuiciadas y condenadas, 36 eran hombres y tres, mujeres.

Respecto a la violencia de género en el ámbito de la pareja o expareja, de las 36 sentencias dictadas, 35 (97,2%) fueron condenatorias, mientras que uno de los acusados fue absuelto al considerar los miembros del Jurado que no había pruebas suficientes contra él. En el 84,6% de los casos no constaba denuncia previa.

Por otro lado, el informe señala que los órganos judiciales calificaron los hechos como delito de asesinato en 31 de las 36 sentencias por feminicidio en el ámbito de la pareja (86%), lo que implica que la muerte se ejecutó con alevosía, ensañamiento o precio, recompensa o promesa; tres sentencias consideraron que se trató de homicidio y sólo una, homicidio imprudente.

Así, la pena impuesta por asesinato fue de prisión, con una duración media de 21,9 años; la pena media por homicidio fue de 14,7 años de cárcel. El homicidio imprudente se castigó con 4 años de prisión.

El informe señala que la circunstancia agravante más frecuentemente aplicada ha sido la de parentesco, apreciada en el 88,6% de las sentencias condenatorias; le sigue la alevosía (77,14%). En tercer lugar (31,42 %) se sitúa la agravante de género.

Del análisis de las causas que desencadenaron el crimen (en las sentencias que lo especifican en sus relatos de hechos probados), el informe concluye que predomina la preexistencia de una relación de dominio del agresor varón sobre la mujer. Este tipo de relación se pone de manifiesto bien por los malos tratos anteriores bien por la negativa a aceptar que la víctima quiera poner fin a la relación. Esta última circunstancia se dio en 13 de los casos analizados.

La confesión, la atenuante más aplicada

El CGPJ ha destacado que en ninguna de las sentencias se aplicaron circunstancias eximentes; sí se apreciaron, en 10 de las sentencias, circunstancias atenuantes. De las posibles circunstancias que pueden atenuar la responsabilidad criminal del autor, la confesión fue, en un 17% de los casos, la que en más ocasiones se apreció, si bien se ha detectado una disminución con respecto a estudios anteriores (en 2016 se aplicó en el 24% de los casos).

En segundo lugar, la embriaguez o adicción a sustancias (8,3%) y en tercero, la alteración mental (5,6%), cifras en ambos casos bajas que, señala el informe, "indican la nula o reducida influencia de las disfunciones mentales y del consumo de alcohol y drogas en los crímenes de violencia de género, que se cometen con plena conciencia y con voluntad de ejecutarlos".

Las ocasiones en las que el autor de los hechos se entregó voluntariamente tras cometer el crimen ha aumentado con respecto a otros años, situándose en 2018 en el 50% de los casos.

Hasta diez modalidades de penas accesorias fueron impuestas por los tribunales en las 36 sentencias analizadas. La más frecuente (88,6%) fue la inhabilitación absoluta, seguida por la prohibición de comunicación con familiares o terceros (45,7%) y la pérdida de sufragio pasivo (34,2%). La pérdida de la patria potestad se aplicó en 7 casos (20%).

Además, el estudio apunta un aumento de la edad media en agresores y víctimas. La de los autores del crimen se sitúa en 45,1 años frente a los 44,5 de las sentencias dictadas en 2016. La edad media de las víctimas ha pasado de 40 años en 2016 a 43,7 en 2018.

Víctimas con hijos menores

En el 66,7% sentencias consta que las víctimas tenían hijos/as. En total, 33 hijos/as, de los que 23 (69,%) eran menores de edad. En seis de los casos (13%), los hijos/as menores fueron testigos de los hechos.

En los casos sometidos a estudio, los agresores cometieron el crimen con arma blanca (30,5%); estrangulación a mano (8,3%); traumatismos craneales (16,6%), arma de fuego (5,5%), sofocación (2,8%) y precipitación (2,8%), y actuaron por la noche (34,3%) y de madrugada (37,1%).

Durante 2018, se dictaron tres sentencias, todas ellas condenatorias, por crímenes de violencia doméstica. Las penas impuestas, dos por homicidio y una por asesinato, oscilaron entre los 6 y los 17 años de prisión.

La autoría de los delitos se atribuyó en todos los casos a una mujer, mientras que las víctimas fueron hombres en dos de ellos (66,7%) y mujer en el tercero (33,3%). En los tres casos se trataba de parejas de hecho que convivían cuando se produjeron los crímenes. La edad media de las condenadas era de 46 años, cinco años superior a la de sus víctimas, que se situó en 40,6 años. Dos de las tres víctimas tenía hijos/as (cuatro en total), todos ellos menores de edad.

Según el estudio, una de las sentencias apreció la eximente incompleta de intoxicación por consumo de bebidas alcohólicas. En cuanto a las circunstancias atenuantes, se apreció alguna en todos los casos, siendo las aplicadas la confesión, la embriaguez o adicción a sustancias y el arrebato u obcecación. También se aplicaron en los tres casos las circunstancias agravantes de alevosía y parentesco.

El estudio no puede valorar la motivación de los crímenes al no existir datos en las sentencias. Sólo una de ellas apunta a un contexto de malos tratos previos de la víctima hacia la condenada como desencadenante del delito, al existir denuncias previas cruzadas entre ambos.